VACACIONES
![]() | Despido improcedente de la cuidadora de un anciano aunque no tiene derecho a cobrar las vacaciones que no disfrutó durante el año natural en el que generó el derecho |
![]() | Es modificación sustancial de condiciones de trabajo la modificación de asignación de las vacaciones si la misma se altera la duración. |
![]() | Si la empresa no informa al trabajador de las vacaciones no disfrutadas deberá compensarlas económicamente. |
![]() | Se determina que durante el permiso parental de 8 semanas no se devengan vacaciones. |
![]() | Posibilidad de compensar días de vacaciones con permisos retribuidos por asuntos propios establecidos en el convenio |
![]() | Se condena a una empresa a abonar 19.000 euros por no pagar las comisiones de algunos trabajadores durante las vacaciones. |
![]() | Denegar el disfrute fraccionado de las vacaciones cuando existe necesidad de conciliar vulnera los derechos fundamentales y puede hacer que tenga que pagar una indemnización a sus trabajadores. |
![]() | Retribución de vacaciones. Derecho a la remuneración media (todos los conceptos salariales) percibidos de forma habitual. |
![]() | En caso de readmisión tras despido improcedente existe derecho a vacaciones desde la fecha del despido hasta la efectiva readmisión. |
![]() | Si el hecho desencadenante de un permiso coincide con las vacaciones no se compensa en el futuro. |
Sólo se perderán las vacaciones anuales retribuidas si el empresario informa previamente al trabajador tras volver de IT. | |
![]() | Las vacaciones anuales retribuidas sólo se pierden si el empresario informa previamente al trabajador del derecho. |
![]() | Si se extingue el contrato y el trabajador no ha podido disfrutar sus vacaciones, la empresa deberá pagar las vacaciones de todo el periodo, no se aplica el plazo de prescripción de 18 meses que establece el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores. |
![]() | Si la empresa no deniega expresamente la vacaciones, el trabajador podrá disfrutar los días elegidos. Se declara el despido disciplinario del trabajador como improcedente. |
![]() | Despido disciplinario por no atender un correo electrónico durante las vacaciones. Declarado improcedente por derecho a la desconexión digital. |
![]() | Despido disciplinario procedente por abuso de confianza tras usar la tarjeta empresa durante vacaciones para gastos particulares. |
![]() | Sistema de determinación de las vacaciones. Se debate la adecuación de procedimiento y la existencia de condición más beneficiosa. Se aprecia la falta de contradicción en el primer motivo y la contradicción en el segundo. |
![]() | Conflicto colectivo. Retribución vacaciones: inclusión de conceptos y pluses retributivos. |
![]() | Derecho al disfrute de las vacaciones no disfrutadas durante el tiempo que estuvo despedido por despido improcedente. |
Despido disciplinario por falta asistencia al trabajo por iniciar las vacaciones pese a denegación de la empresa. Se permite denegación debido a razones de producción mediante mensaje de whatsapp. | |
![]() | Permiso parental no considerado período de trabajo efetivo. |
![]() | Los trabajadores tienen derecho a aplazar y acumular las vacaciones anuales no disfrutadas si el empresario lo ha imposibilitado. |
![]() | Declara que la normativa comunitaria, interpretada por la jurisprudencia TJUE, exige que la retribución de las vacaciones sea como mínimo la media de las retribuciones percibidas anualmente, sin que pueda prevalecer una regulación convencional inferior. |
![]() | Vacaciones anuales. Derecho de la interesada a percibir una compensación financiera por las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas por su marido en la fecha de su muerte. |
![]() | Vacaciones anuales. Compensación económica vacaciones no disfrutadas por encontrarse en IT. Prescripción: el dies a quo se fija en el momento en que se extinguió la relación laboral por declaración en situación de IPT y no al finalizar el año natural. |
![]() | Vacaciones anuales e incapacidad temporal.- Posibilidad de su disfrute incluso aunque deba llevarse a cabo fuera del año natural al que inicialmente corresponden las referidas vacaciones.- Supuesto anterior a entrada en vigor art. 38.3 ET en redacción dada por Ley 3/2012.- Reitera doctrina (entre otras, SSTS/IV 3-octubre-2012 -rcud 249/2009, 29-octubre-2012 -rcud 4425/2011, 17-enero-2013 -rcud 1744/2010, 20-mayo-2014 -rcud 2201/2013). |
![]() | RCUD. Vacaciones anuales: incapacidad temporal sobrevenida. Derecho a libranza en fechas posteriores de los días coincidentes. Aplica doctrina jurisprudencial TJUE 21-6-2012 y STS 3-10-2012. |
![]() | Vacaciones anuales. Derecho a su disfrute cuando el periodo fijado se solapa con un proceso de incapacidad temporal. |
![]() | RCUD. Derecho a vacaciones. Vacaciones fijadas por la empresa. Proceso de incapacidad temporal iniciado antes de comenzar su disfrute. Derecho a fijar un nuevo período vacacional. Reitera doctrina. |
![]() | Vacaciones anuales retribuidas y solapamiento con situación de incapacidad temporal. Derecho a disfrutarlas en período posterior. Reitera doctrina. |
![]() | Vacaciones. Derecho a su disfrute cuando se solapa con un proceso de IT. |
![]() | RCUD.Vacaciones anuales retribuidas.Derecho a su disfrute en período posterior al establecido en el calendario laboral pactado,si previamente inicia situación de Incapacidad Temporal. Reitera doctrina de 24-6-2009,rec. 1542/08, rectificó anterior criterio |
![]() | Conflicto Colectivo. Vacaciones anuales retribuidas. Derecho a disfrutarlas en periodo posterior al establecido en el calendario laboral pactado, si previamente a las fechas asignadas, el trabajador iniciase situación de incapacidad temporal. |
![]() | Vacaciones anuales retribuidas. Derecho a disfrutarlas en periodo posterior al establecido en el calendario laboral pactado, si previamente a las fechas asignadas el trabajador iniciase situación de Incapacidad temporal. Efecto de la STJCE 20/01/09 (ASUNTO SHULTZ-HOFF). Reitera doctrina (entre otras SSTS. Sala General de 24/06/2009 -rec. 1542/2008-, 21/01/2010, -rec. 546/09-,8 y 11/02/2010, -rec. 1782/09 y 1293/09-, 19/04/2010, -rec. 2746/09- y 27/04/2010 -rec. 3038/2009-). |
![]() | Contrato de trabajo. Compensación económica por vacaciones no disfrutadas debido a Incapacidad Temporal y no reclamadas a la empresa. Falta de contradicción. |
![]() | Vacaciones. Tiempo de disfrute. Derecho adquirido. Inexistencia. Concurrencia con situación de incapacidad temporal. No existe el derecho a disfrute de vacaciones en otro tiempo distinto al previsto en el calendario. |
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