Artículo 161 LSC. Redacción hasta 23 de Diciembre de 2014.

Normativa
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de capital

Artículo 161. Intervención de la junta general en asuntos de gestión.



Redacción vigente hasta el 23 de Diciembre de 2014.

    Salvo disposición contraria de los estatutos, la junta general de la sociedad de responsabilidad limitada podrá impartir instrucciones al órgano de administración o someter a autorización la adopción por dicho órgano de decisiones o acuerdos sobre determinados asuntos de gestión, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 234.

Ver redacción artículo 44 SL antigua Ley 2/1995 S.L.

Legislación



- Indice del RDL. 1/2010 de Sociedades de Capital

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