Artículo 30. Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual

Normativa
Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición y ejercicio de funciones de la sección primera de la Comisión de Propiedad Intelectual

Artículo 30. Remisión de información a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.




    En los supuestos en los que la Sección Primera aprecie que las tarifas generales no cumplen con el criterio de equidad y no discriminación o cuando no se ajusten a los criterios establecidos en el artículo 157.1.b) del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, la Sección Primera lo comunicará y remitirá la totalidad de la información recabada a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, a los efectos oportunos. Contra dicha resolución no cabrá recurso administrativo.

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