ART. 311 Sociedad anónima unipersonal.
Será de aplicación a la sociedad anónima unipersonal lo dispuesto en el capítulo XI de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Redacción válida hasta 01-09-10, según Real Decreto Legislativo 1/2010.Siguiente: Artículo 1 Ley 2/1995,de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada
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