ART. 34 Ineficacia de las transmisiones con infracción de ley o de los estatutos.
Las transmisiones de participaciones sociales que no se ajusten a lo previsto en la Ley o, en su caso, a lo establecido en los estatutos no producirán efecto alguno frente a la sociedad. Derogado por RDL 1/2010. Ver equivalencia nueva redacción artículo 112 RDL 1/2010.Siguiente: Artículo 35 Ley 2/1995,de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada
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