Artículo 351 Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, reglamento del registro mercantil

Normativa
Real Decreto 1784/1996, de 19 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil

Artículo 351. Solicitud de nombramiento de auditores de cuentas.




    1. La solicitud de nombramiento de auditor de cuentas se hará mediante instancia por triplicado, dirigida al Registrador Mercantil del domicilio social, expresando las circunstancias siguientes:

    1') Nombre y apellidos del solicitante, con indicación del cargo que ostenta en la sociedad o de su condición de socio, así como su domicilio.
    2') Denominación y datos de identificación registral de la sociedad a auditar, así como su domicilio.
    3') Causa de la solicitud.
    4') Fecha de la solicitud.

    2. La instancia, debidamente suscrita, habrá de acompañarse, en su caso, de los documentos acreditativos de la legitimación del solicitante.

Legislación



- Índice del Real Decreto 1784/1996 Reglamento del Registro Mercantil

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