Artículo 16. Requisitos.
Redacción válida hasta 30-11-2015, según Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones. Para poder inscribir una federación, confederación o unión de asociaciones será requisito indispensable que las asociaciones promotoras estén inscritas en el correspondiente registro de asociaciones.Legislación
Art. 44 RD 949/2015. Iniciativa de inscripción.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.