Artículo 5. Justificante del pago de la tasa de solicitud.
1. A la solicitud de registro del diseño deberá adjuntarse el justificante de haber satisfecho la tasa o tasas de solicitud. Este justificante podrá consistir en el formulario que a tal efecto se establezca, en el que constará, además de la tasa e importe abonado, el nombre del solicitante, el del representante, si lo hubiese, y, cuando se trate de solicitudes múltiples, el número de diseños en cuyo concepto se abona la tasa. 2. Cuando el pago de la tasa se efectúe por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, el justificante del pago consistirá en el recibo que se expida de acuerdo con las características del soporte utilizado y deberá reunir los requisitos expresados anteriormente.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.