Contenido de la Escritura de Agrupaciones de Interés Económico.

AIE: CONTENIDO DE LA ESCRITURA SOCIAL



    Para constituir una Agrupación de Interés Económico es necesario otorgar escritura pública ante Notario.

    El artículo 8 de la Ley 12/1.991 señala cuál ha de ser el contenido de la Escritura Social. Tenemos un contenido MINIMO OBLIGATORIO representado por:
  1. Identidad de los socios.

  2. Voluntad de los otorgantes.

  3. Capital social. Expresado en forma de número de participación de cada socio, las aportaciones realizadas y en concepto de qué se realizan, tasando su valor. Las aportaciones puede ser DE CUALQUIER CLASE.

  4. La denominación. Se da la posibilidad de la abreviatura "A.I.E." o la de "Agrupación Europea de Interés Económico".

  5. El objeto. Una actividad económica auxiliar de la que desarrollen los socios.

  6. Duración y fecha de comienzo de sus operaciones. Hay dos opciones: TIEMPO INDEFINIDO o FIJARSE UN PLAZO DE ACTIVIDAD.

  7. El domicilio social. Estará en España y también el de las sucursales.

  8. La identidad de las personas que se encarguen de la administración.

    También existe la posibilidad de consignar, aunque no de forma obligatoria, lo referido a:
  1. Requisitos de convocatoria y forma de deliberar la Asamblea y las mayorías necesarias para la adopción de acuerdos.

  2. El número máximo y mínimo de los administradores, requisitos de nombramiento y revocación y régimen de actuación.

  3. Número de votos atribuidos a cada socio y las reglas para determinar la participación de cada uno en los resultados económicos. Esto tiene sentido si se establece algún criterio contrario a la UNANIMIDAD, sino regirá ésta.

  4. Las causas pactadas de disolución.

  5. Cualquier otro pacto lícito que se juzgue necesario establecer.

Legislación



- Art. 8 Ley 12/1991. Contenido de la escritura.

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