AIE: CONTENIDO DE LA ESCRITURA SOCIAL
Para constituir una Agrupación de Interés Económico es necesario otorgar escritura pública ante Notario. El artículo 8 de la Ley 12/1.991 señala cuál ha de ser el contenido de la Escritura Social. Tenemos un contenido MINIMO OBLIGATORIO representado por:- Identidad de los socios.
- Voluntad de los otorgantes.
- Capital social. Expresado en forma de número de participación de cada socio, las aportaciones realizadas y en concepto de qué se realizan, tasando su valor. Las aportaciones puede ser DE CUALQUIER CLASE.
- La denominación. Se da la posibilidad de la abreviatura "A.I.E." o la de "Agrupación Europea de Interés Económico".
- El objeto. Una actividad económica auxiliar de la que desarrollen los socios.
- Duración y fecha de comienzo de sus operaciones. Hay dos opciones: TIEMPO INDEFINIDO o FIJARSE UN PLAZO DE ACTIVIDAD.
- El domicilio social. Estará en España y también el de las sucursales.
- La identidad de las personas que se encarguen de la administración.
- Requisitos de convocatoria y forma de deliberar la Asamblea y las mayorías necesarias para la adopción de acuerdos.
- El número máximo y mínimo de los administradores, requisitos de nombramiento y revocación y régimen de actuación.
- Número de votos atribuidos a cada socio y las reglas para determinar la participación de cada uno en los resultados económicos. Esto tiene sentido si se establece algún criterio contrario a la UNANIMIDAD, sino regirá ésta.
- Las causas pactadas de disolución.
- Cualquier otro pacto lícito que se juzgue necesario establecer.
Legislación
- Art. 8 Ley 12/1991. Contenido de la escritura.Siguiente: Nulidad de Agrupaciones de Interés Económico.
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