DATOS A INSCRIBIR EN EL REGISTRO
En el artículo 114 además de las circunstancias enumeradas en el Reglamento anterior, la entrada del nuevo Real Decreto reseña que además habrán de inscribirse los pactos y condiciones que los socios juzguen conveniente establecer en la escritura o en los estatutos, siempre que no se opongan a la normativa vigente.Siguiente: Acciones S.A. R.D. 1784/1996, Reglamento del Registro Mercantil
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