Diferencias entre el Concurso voluntario y necesario

DIFERENCIAS ENTRE EL CONCURSO VOLUNTARIO Y NECESARIO



    La principal y más esencial diferencia es la conservación en el concurso voluntario por parte del deudor concursado, y salvo excepciones legalmente previstas, de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y actividad; que se verán sólo intervenidas por la Administración Concursal que se nombre; mientras que, en el concurso necesario, con carácter general, el deudor concursado tendrá suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y actividad, siendo sustituido en el ejercicio de las mismas por la Administración Concursal.

Siguiente: ¿Quién nombra a los Administradores Concursales?

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos