Dispos. Derogatoria. Real Decreto 281/2003, Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.




Redacción válida hasta 13/07/2023, según Real Decreto 611/2023, de 11 de julio

    1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en el reglamento que se aprueba.

    2. Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:

    a) El Real Decreto 733/1993, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual.
    b) El Real Decreto 1694/1994, de 22 de julio, de adecuación a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del Real Decreto 1584/1991, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual.

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