Disposición Adicional 3ª Ley 2/2007, de 15 de Marzo, de Sociedades Profesionales

Normativa
Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales.

Disposición adicional tercera. Profesionales exceptuados de alguno de los requisitos legales.




    Esta Ley será de aplicación a todos los profesionales colegiados en el momento de su entrada en vigor que ejerzan profesiones en que la colegiación sea obligatoria y exija el requisito de titulación del artículo 1.1, aunque dichos profesionales no reúnan la titulación descrita por no haberles sido requerida en el momento de su colegiación.

Legislación



- Índice de la Ley 2/2007 de Sociedades Profesionales
- Art. 1 Ley 2/2007 Definición de las sociedades profesionales.

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