Disposición adicional cuarta Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

Normativa
Ley 9/2014, de 9 de mayo, general de telecomunicaciones

Disposición adicional cuarta. Información confidencial.



Redacción válida hasta el 30-06-2022, por la entrada en vigor de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.


    Las personas físicas o jurídicas que aporten a alguna Autoridad Nacional de Reglamentación datos o informaciones de cualquier tipo, con ocasión del desempeño de sus funciones y respetando la legislación vigente en materia de protección de datos y privacidad, podrán indicar, de forma justificada, qué parte de lo aportado consideran confidencial, cuya difusión podría perjudicarles, a los efectos de que sea declarada su confidencialidad. Cada Autoridad Nacional de Reglamentación decidirá, de forma motivada y a través de las resoluciones oportunas, sobre la información que, según la legislación vigente, resulte o no amparada por la confidencialidad.

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