Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero: Aspectos Básicos
El artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, introdujo con efectos desde el 1 de enero de 2014 el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, un nuevo impuesto de carácter medioambiental con la finalidad de mitigar la negativa contribución al calentamiento de la atmósfera de los hidrocarburos halogenados. Este tributo, de naturaleza indirecta y aplicación en todo el territorio español, grava el consumo de los distintos gases fluorados de efecto invernadero atendiendo a su potencial de calentamiento atmosférico.Sustancia | Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) | ||
Designación industrial | Denominación química (denominación común) | Fórmula química | |
Sección 1: Hidrofluorocarburos (HFC) | |||
HFC-23 | Trifluorometano (fluoroformo) | CHF3 | 14.800 |
HFC-32 | Difluorometano | CH2F2 | 675 |
HFC-41 | Fluorometano (fluoruro de metilo) | CH3F | 92 |
HFC-125 | Pentafluoretano | CHF2CF3 | 3.500 |
HFC-134 | 1,1,2,2-Tetrafluoroetano | CHF2CHF2 | 1.100 |
HFC-134a | 1,1,1,2-Tetrafluoroetano | CH2FCF3 | 1.430 |
HFC-143 | 1,1,2-Trifluoroetano | CH2FCHF2 | 353 |
HFC-143a | 1,1,1-Trifluoroetano | CH3CF3 | 4.470 |
HFC-152 | 1,2-Difluoroetano | CH2FCH2F | 53 |
HFC-152a | 1,1-Difluoroetano | CH3CHF2 | 124 |
HFC-161 | Fluoroetano (fluoruro de etilo) | CH3CH2F | 12 |
HFC-227ea | 1,1,1,2,3,3,3-Heptafluoropropano | CF3CHFCF3 | 3.220 |
HFC-236cb | 1,1,1,2,2,3-Hexafluoropropano | CH2FCF2CF3 | 1.340 |
HFC-236ea | 1,1,1,2,3,3-Hexafluoropropano | CHF2CHFCF3 | 1.370 |
HFC-236fa | 1,1,1,3,3,3-Hexafluoropropano | CF3CH2CF3 | 9.810 |
HFC-245ca | 1,1,2,2,3-Pentafluoropropano | CH2FCF2CHF2 | 693 |
HFC-245fa | 1,1,1,3,3-Pentafluoropropano | CHF2CH2CF3 | 1.030 |
HFC-365mfc | 1,1,1,3,3-Pentafluorobutano | CF3CH2CF2CH3 | 794 |
HFC-43-10mee | 1,1,1,2,2,3,4,5,5,5-Decafluoropentano | CF3CHFCHFCF2CF3 | 1.640 |
Sección 2: Perfluorocarburos (PFC) | |||
PFC-14 | Tetrafluorurometano (perfluorometano) (tetrafluoruro de carbono) | CF4 | 7.390 |
PFC-116 | Hexafluoroetano (perfluoroetano) | C2F6 | 12.200 |
PFC-218 | Octafluoropropano (perfluoropropano) | C3F8 | 8.830 |
PFC-3-1-10 (R-31-10) | Decafluorobutano (perfluorobutano) | C4F10 | 8.860 |
PFC-4-1-12 (R-41-12) | Dodecafluoropentano (perfluoropentano) | C5F12 | 9.160 |
PFC-5-1-14 (R-51-14) | Tetradecafluorohexano (perfluorohexano) | C6F14 | 9.300 |
PFC-c-318 | Octafluorociclobutano (perfluorociclobutano) | c-C4F8 | 10.300 |
Sección 3: Otros compuestos perfluorados | |||
Hexafluoruro de azufre | SF6 | 22.800 |
- La primera venta o entrega de los gases fluorados de efecto invernadero tras su producción, importación o adquisición intracomunitaria. Tendrán, asimismo, la consideración de primera venta o entrega las ventas o entregas subsiguientes que realicen los empresarios que destinen los gases fluorados de efecto invernadero a su reventa, siempre que su adquisición estuviera exenta.
- El autoconsumo de los gases fluorados de efecto invernadero. Tendrá la consideración de autoconsumo la utilización o consumo de los gases fluorados de efecto invernadero por los productores, importadores, adquirentes intracomunitarios, o empresarios a que se refiere la letra anterior.
- La importación y adquisición intracomunitaria de los gases fluorados de efecto invernadero objeto del impuesto contenidos en los productos cuya utilización lleve aparejada inherentemente las emisiones de los mismos a la atmósfera, como los aerosoles, sistemas y espumas de poliuretano y poliestireno extruido, entre otros.
- las ventas o entregas de gases fluorados de efecto invernadero, que impliquen su envío directo por el productor, importador o adquiriente intracomunitario a un destino fuera de España.
- Las ventas o entregas, el autoconsumo y la importación o adquisición intracomunitaria de los gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico igual o inferior a 150.
- Las pérdidas de los gases objeto del impuesto derivadas de las imprecisiones de los diferentes instrumentos de medición, siempre que se pueda acreditar que dichas pérdidas se encuentran dentro de los límites de la tolerancia de peso especificados en el correspondiente certificado del instrumento de medición, debidamente homologado.
Comentarios
- Exenciones del impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero.- Determinación de la cuota del impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero.Legislación
- Art. 5 Ley 16/2013. Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Accede al resto del contenido aquí
Siguiente: Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.