Índice. Disolución, liquidación...

Jurisprudencia

DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN.

ST.Supremo: 229/2005
Sociedades Anónimas:Omisión de la retribución estatutaria de los administradores en cuentas anuales balance de liquidación aprobados.Caducidad de la acción de impugnación de los acuerdos respectivos; aplicación del plazo de cuarenta días, por acuerdos presuntamente contrarios a los estatutos, y no del de un año por contrarios a la ley.
ST.Supremo: 286/2005
Sociedades anónimas.Administradores. Responsabilidad por no  convocar junta general para la disolución y liquidación de la  sociedad.
ST.Supremo: 852/2005
Sociedades anónimas.Impago de deudas responsabilidad de los administradores respecto a la adaptacion de los estatutos  (disposicion transitoria tercera de la ley de sociedades anónimas).Disolución de la sociedad.
ST.Supremo: 912/2005
Sociedades anónimas. Responsabilidad de los administradores por no promover su disolución. Art. 262.5 LSA. Derecho intertemporal: tempus regit actum.
ST.Supremo: 924/2005
Sociedad de responsabilidad limitada en  liquidación.Responsabilidad del administrador (rendición de  cuentas y reintegro de bienes de la sociedad).
ST.Supremo: 104/2004
Sociedades Anónimas: Responsabilidad de los administradores  sociales: acciones individual de responsabilidad (art. 133 y 135 LSA) y de responsabilidad por obligaciones sociales (art. 261.1  2 y 5 en relación 260.1 LSA). Causas de disolución de la  sociedad anónima de los números 3º y 4º del art. 260.º LSA; no  alegación en forma adecuada de la primera y concurrencia de la segunda.
ST.Supremo: 261/2003
Disolución de S.A. eludiendo las normas imperativas que la regulan.
ST.Supremo: 664/2003
Renuncia a su cargo por el liquidador. Nulidad de pleno derecho de las operaciones de liquidación realizadas sin observar las normas imperativas de la Ley de S.A.
ST.Supremo: 758/2003
Liquidación de S.A.
ST.Supremo: 847/2003
Compraventa mercantil. La S.A. disuelta conserva su personalidad jurídica, aunque encaminada a la liquidación. Vigencia de poderes otorgados a Procuradores antes de la disolución de la sociedad.
ST.Supremo: 975/2003
Enriquecimiento injusto: improcedencia de la acción cuando el alegado empobrecimiento de los demandantes obedece a un convenio; en el caso, disolución y liquidación de una S.A. únicamente aprobadas por juntas Generales en las que aquéllos participaron, y creación de otra dedicada a la misma actividad pero sin ser ya accionistas los demandantes.
ST.Supremo: 1070/2003
S.A. Responsabilidad de los Administradores por no convocar Junta para disolución y liquidación de la sociedad.
ST.Supremo: 810/2002
S.A. en liquidación: facultades de los liquidadores (art. 272 LSA); nulidad radical de contrato celebrado por liquidador único excediéndose de sus funciones.
ST.Supremo: 1730/2002
Delito de apropiación indebida. La simple resta aritmética entre las cantidades detraídas de la sociedad y las aportaciones de  otras propias a la misma, es indicativa de una liquidación por  compensación de deudas, en posiciones acreedoras y deudoras, pero no es constitutivo de un delito de apropiación indebida, pues en éste las cantidades hechas propias son ilícitamente obtenidas, y en la compensación de créditos las deudas deben ser legítimas,  líquidas y exigibles.


En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...

pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.

Accede al resto del contenido aquí

Siguiente: Índice. Defensa de la competencia desleal.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos