Introducción a los impuestos medioambientales

Introducción a los impuestos medioambientales



    Los Impuestos Ambientales se definen como aquellos cuya base imponible consiste en una unidad física (o similar) de algún material que tiene un impacto negativo, comprobado y específico, sobre el medioambiente.

    Atendiendo a esta definición, en línea con los principios básicos que rigen la política fiscal, energética y ambiental de la Unión Europea (UE), se incluyen como tales a los Impuestos sobre la energía, los Impuestos sobre el transporte y los Impuestos sobre la contaminación y sobre los recursos, y se excluyen los impuestos del tipo valor añadido.

    No obstante, desde el punto de vista fiscal español, muchos de estos tributos se configuran como impuestos especiales a la fabricación, de modo que si atendemos a la clasificación establecida por la propia Administración tributaria, cuando hablamos de impuestos mediambientales nos referimos expresamente a los siguientes:
  1. Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero.


  2. Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.


  3. Impuesto sobre la Producción de Combustible Nuclear Gastado y Residuos Radiactivos.


  4. Impuesto sobre el Almacenamiento de Combustible Nuclear Gastado y Residuos Radiactivos.


  5. Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados.

    El Impueto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero entró en vigor el 1 de enero de 2014 al amparo de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental, siendo un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo de gases fluorados de efecto invernadero y grava, en fase única, el consumo de estos productos atendiendo al potencial de calentamiento atmosférico.

    Por su parte, el 1 de enero de 2013 entraron en vigor el impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, el impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y el impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas, regulados en la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, con el objetivo de armonizar el sistema fiscal español con un uso más eficiente con el medio ambiente. Estos tres tributos son de carácter directo y naturaleza real, de aplicación en todo el territorio español.

    El impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica (IVPEE) grava la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica medida en barras de central (bornes de alternador)

    El Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica tiene como hecho imponible la producción de los mismos, resultante de cada reactor nuclear.

    En el Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas, constituye el hecho imponible la actividad de almacenamiento, estando exentas del Impuesto el procedente de actividades médicas o científicas.

    Por último, la Ley 8/2015, de 21 de mayo, introdujo con efectos el 1 de enero de 2016 el Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados, de carácter directo y naturaleza real, que grava el valor de los productos del dominio público gas, petróleo y condensados extraídos en territorio español, con el fin de garantizar la sostenibilidad medioambiental.

    En función de la actividad de los empresarios y profesionales y de los productos que produzcan, vendan o almacenen estarán sometidos a todos, alguno o ninguno de los impuestos medioambientales antes expuestos, como se puede comprobar más detenidamente en el resto de apartados de este manual.


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- Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
- Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.
- Impuesto sobre la Producción y el Almacenamiento de Combustible Nuclear Gastado y Residuos Radiactivos.
- Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados.


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