Medidas Cautelares en el Procedimiento Concursal

SE PUEDEN APLICAR MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL



    SÍ. Así lo prevé el artículo 17 de la Ley Concursal, que señala que pueden acordarse, a instancia de parte, las  medidas cautelares que se consideren necesarias para asegurar la integridad del patrimonio del deudor; de conformidad con lo previsto en la LEC; y con el artículo 1 de la LO 8/2003, de 9 de Julio, para la Reforma Concursal.

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