MODIFICACIÓN ESTATUTOS S.A.
Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento para la inscripción de modificación en escritura pública se han ELIMINADO algunos de los supuestos de necesaria inscripción, tales como: 1.- La indicación de que en el anuncio de la convocatoria se ha hecho constar el derecho que corresponde a todos los accionistas de examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta y del informe sobre la misma y de pedir la entrega o el envío gratuitos de dichos documentos. 2.- La transcripción literal de la nueva redacción literal de la nueva redacción de los artículos de los estatutos sociales que se modifican o adicionan, así como, en su caso la expresión de los artículos que se derogan o sustituyen. - Por otro lado cuando la modificación implique nuevas obligaciones para los accionistas o afecte a sus derechos individuales no podrá inscribirse la escritura de modificación sin que conste en ella o en otra independiente el consentimiento de los afectados o resulte su consentimiento de la firma del acta.Siguiente: Sociedad Unipersonal S.A. R.D. 1784/1996, Reglamento del Registro Mercantil
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