EL INCUMPLIMIENTO DE PAGO POR EL DEUDOR: ¿QUÉ HACER CON LA MOROSIDAD Y LAS DEUDAS IMPAGADAS?
No cabe duda que uno de los principales problemas que afectan a las empresas, sean del tipo que sean (sociedades mercantiles, comunidades de bienes, comerciantes, etc), especialmente a las medianas y pequeñas empresas, y sea cual sea su actividad, así como a los autónomos y a los profesionales (médicos, economistas, arquitectos, etc) es el del incumplimiento de pago por parte de sus clientes del importe que deriva de los bienes y servicios que prestan. Un porcentaje muy elevado de las relaciones que se establecen entre las empresas y/o profesionales entre sí y entre las empresas y/o profesionales con los particulares (clientes o consumidores) tienen un marcado carácter o contenido económico. Todas estas relaciones responden siempre al patrón general que consiste en la prestación de un servicio o entrega de un bien a cambio de recibir como contraprestación una determinada cantidad de dinero. Y mientras esto es así, es decir, mientras la empresa o el profesional cumple y presta el servicio o hace entrega del bien o producto en cuestión y mientras el cliente o consumidor también cumple, esto es, abona el importe o contraprestación que implica esa entrega de bienes o esa prestación de servicio, no existe problema alguno y podemos decir que las relaciones comerciales o mercantiles son normales o, como se diría jurídicamente, responden al principio de la "buena fe" entre las partes. Sin embargo, y como es evidente, ello no siempre es así. ¿Quién no ha sufrido o conoce a alguien que ha tenido problemas con el producto que ha comprado o con un determinado servicio que ha concertado?. De igual modo, ¿quién no ha tenido, en su actividad profesional o empresarial, algún cliente que no ha pagado en su tiempo o que ha dejado de abonar alguna factura por algún producto o algún trabajo realizado?Siguiente: Tipos y clases de Deudas Dinerarias
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