Redacción anterior artículo 401. R.D.L. 1/2010, de 2 Julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital

Normativa
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de capital

Artículo 401. Sociedad emisora.



Redacción válida hasta la entrada en vigor de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.
    1. La sociedad anónima y la sociedad comanditaria por acciones podrán emitir series numeradas de obligaciones u otros valores que reconozcan o creen una deuda.

    2. Salvo lo establecido en leyes especiales, los valores que reconozcan o creen una deuda emitidos por sociedad anónima quedarán sometidos al régimen establecido para las obligaciones en el presente título.

Ver redacción artículo 282 SA antiguo RD Legislativo 1564/1989.

Legislación



- Indice del RDL. 1/2010 de Sociedades de Capital

Formularios



Acta de emisión de obligaciones

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