El asiento anterior se realizará por el importe total de la subvención, donación o legado a devolver; que puede ser la totalidad de la subvención, donación o legado recibido o parte de la mismo. Normalmente la devolución responderá al incumplimiento de alguna de las condiciones objeto de la concesión.Se trata de subvenciones que NO han sido concedidas por las Administraciones Públicas, por tal motivo hemos utilizado la cuenta 132 (Otras subvenciones, donaciones y legados) en vez de la 130 (Subvenciones oficiales de capital).
Obligación de Declarar
Si el importe de la subvención a devolver supera los 3.005,06 euros, deberemos cumplimentar el modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas. El importe correspondiente deberemos consignarlo en dicho modelo con signo negativo y con clave de operación "B".
Por otra parte, hemos reflejado en el haber la cuenta 440 (Deudores) en la suposición de que todavía no se había cobrado el importe total de la subvención concedida, minorando o saldando así el saldo que tuviera ésta. En caso contrario, esto es, que no quedaran importes pendientes de recibir de la subvención concedida, deberemos utilizar la cuenta (41-) (Acreedores varios), Asimismo, podemos personalizar la cuenta (440) Deudores utilizada, en su caso, por la subcuenta (4408) Deudores, por subvenciones a reintegrar.Este tipo de subvenciones, donaciones o legados son concedidas para financiar gastos específicos, debiendo imputarse (normalmente) como ingresos en el mismo ejercicio en el que se devenguen los gastos que estén financiando. En este caso, cuando todavía no se ha imputado a resultados del ejercicio el total de la subvención se ha producido un incumplimiento de los requisitos para su concesión.
Cuando efectivamente entreguemos el dinero, anotaremos:
No hemos de olvidar que esta subvención finalmente constituirá un ingreso para la empresa que debe ser imputado en los resultados (se contabilizará como un ingreso para su traslado a la cuenta de Pérdidas y Ganancias) en los años que dure la periodificación de la misma, y cuya contabilización sería la siguiente:
Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidas al resultado del ejercicio (746)
XXX
En el caso que, mediante el asiento anterior, hayamos imputado a resultados (ingresos) el total de la subvención, la cuenta 132 habrá sido saldada y no existirá; por tanto, deberemos imputar a resultados (gastos) el importe de la subvención devuelta mediante el asiento siguiente, en vez del inicialmente presentado:
NOTA: Hemos utilizado la cuenta "(658) Reintegro de subvenciones, donaciones y legados recibidos", recogida en la Adaptación Sectorial para las entidades sin fines lucrativos, que no está en el Plan de Cuentas del PGC, pero recoge fielmente el sentido de la operación a registrar y puede ser utilizada a tal fin.
Recuerde que:
Probablemente deberá definir en su programa de Contabilidad la cuenta 658 (indicada anteriormente) para que figure correctamente en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. En concreto, esta cuenta deberá figurar en PyG Epígrafe "7. Otros gastos de gestión".
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo,
Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.
Comparte sólo esta página:
Síguenos
Las cookies permiten analizar su navegación en nuestro sitio para elaborar y mostrarte los contenidos más adecuados en cada momento.
Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para seguir disfrutando de nuestro sitio web con todas las cookies, o haz clic en "Configuración de cookies" para gestionar tus preferencias.
Puede ampliar información y modificar sus preferencias acerca de esta privacidad aquí.
Usamos el menor número posible de cookies para que el sitio web funcione, pero estimamos conveniente utilizar otras. Haciendo click en "Aceptar todas las cookies" aceptas que guardemos otras cookies no estrictamente necesarias con el objetivo de mejorar tu navegación en el sitio. Así podríamos analizar el uso del sitio, de manera colectiva, para mostrarte los contenidos más actuales y relevantes. También es posible, que la publicidad que visualices sea lo más personalizada posible. Puedes hacer click en "Configuración de cookies" para obtener más información y elegir qué cookies quieres que guardemos. Para más información puedes ver nuestra política de privacidad.
Son cookies necesarias para el correcto funcionamiento de nuestro sitio web. Se usan para que tengas una mejor experiencia usando nuestros servicios. Puedes desactivar estas cookies cambiando la configuración de tu navegador. Información de las cookies
NombreCONS
Huéspedsupercontable.com
TipoPropia
Duración3 meses
InformaciónAcerca del consentimiento de las cookies.
Estas cookies nos permiten contar las visitas a los contenidos de nuestro sitio y cuando se realizaron. Esta información se trata en conjunto para toda la página, nunca a nivel individual. Nos permite saber qué contenidos son más atractivos para el público y elaborar contenidos nuevos lo más interesantes posible. Información de las cookies
Son cookies colocadas por nuestros socios publicitarios. Intentan mostrarte publicidad acorde a tus intereses. Si desactiva estas cookies no tendrá menos publicidad, sino que será menos personalizada. Información de las cookies