Amortización del Inmovilizado Material e Inversiones Inmobiliarias.
El inmovilizado material podrá amortizarse cuando cumpla los requisitos siguientes:- Su vida útil ha de ser superior a un año.
- Debe estar directamente relacionado con la actividad empresarial del sujeto pasivo.
- Su amortización debe ser efectiva, real.
- Debe estar contabilizado.
Sepa que:
Cuando el inmovilizado esté totalmente amortizado no debemos darlo de baja en nuestra contabilidad en tanto no sea vendido o abandonado.
- Si decidimos abandonar un inmovilizado ya amortizado en su totalidad (porque ya no es productivo y tampoco se puede vender) contabilizaremos, cuando no tenga valor residual:
XXX | Amortización Acumulada (28) | |
Inmovilizado material (21) | XXX |
- Si dicho inmovilizado tiene valor residual entonces debemos contabilizar:
XXX | Amortización Acumulada (28) | |
XXX | Pérdidas procedentes del inmovilizado (671) | |
Inmovilizado material (21) | XXX |
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