Artículo 11. Libro de inscripción de sociedades cooperativas.
1. Al libro de inscripción de sociedades cooperativas accederán los títulos y demás actos inscribibles de conformidad con la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, y el presente reglamento. 2. Al practicar la primera inscripción constitutiva de la cooperativa se abrirá la correspondiente hoja registral en la que constarán los siguientes datos mínimos para su identificación: a) Número de inscripción de la cooperativa y, en su caso, el número con el que figurase inscrita en el anterior registro. b) Denominación social de la cooperativa. c) Domicilio social. d) Clase y/o grado. e) Objeto social. f) Fecha de inscripción. g) Número de la clasificación nacional de actividades económicas. h) Número inicial de socios y clase de los mismos. i) Capital social mínimo.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.