Artículo 12. Libro de inscripción de microempresas cooperativas.
1. En el libro de inscripción de microempresas cooperativas se inscribirán aquellas cooperativas que hubieran adquirido dicha condición, con independencia de la forma jurídica originaria. 2. El contenido y forma de la inscripción será el establecido en el artículo 11.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.