Artículo 13 Decreto 84/2023, aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi.

Normativa
Decreto 84/2023, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi.

Artículo 13. Normas comunes sobre los libros de inscripciones de sociedades cooperativas y otras agrupaciones empresariales y de sociedades cooperativas pequeñas.



    1. Los libros de inscripciones estarán compuestos por hojas móviles. En el ángulo superior derecho de las mismas se hará constar el número de hoja y el de inscripción de sociedades cooperativas y otras agrupaciones empresariales y de sociedades cooperativas pequeñas. Agotada la hoja destinada a una entidad cooperativa se abrirá a continuación otra con igual número, seguido de la primera letra del alfabeto, destinándose las restantes letras para hojas sucesivas.

    2. La hoja registral se dividirá en cuatro columnas verticales. La primera de ellas contendrá un margen para insertar en él las notas marginales. En las otras tres columnas se hará constar la fecha, el número de asiento y la extensión del mismo, haciéndose constar en su parte superior los epígrafes «Notas marginales», «Fecha», «Número de asiento» y «Asientos».



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