Artículo 14. Libros de inscripción de sociedades cooperativas y otras agrupaciones empresariales y de sociedades cooperativas pequeñas.
Los datos que deberán hacerse constar para la identificación de las sociedades cooperativas son los siguientes: denominación social de la cooperativa, domicilio social, Territorio Histórico, clase de cooperativa, objeto social, número de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, NIF y capital social mínimo, todos ellos relativos al momento de la constitución.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.