Artículo 14 Decreto 84/2023, aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi.

Normativa
Decreto 84/2023, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi.

Artículo 14. Libros de inscripción de sociedades cooperativas y otras agrupaciones empresariales y de sociedades cooperativas pequeñas.



    Los datos que deberán hacerse constar para la identificación de las sociedades cooperativas son los siguientes: denominación social de la cooperativa, domicilio social, Territorio Histórico, clase de cooperativa, objeto social, número de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, NIF y capital social mínimo, todos ellos relativos al momento de la constitución.


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