Artículo 16. Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro Cooperativas de CLM

Normativa
Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento Registro Cooperativas de CLM

Artículo 16. Clases de asientos.



    1. En los libros del registro se practicarán las siguientes clases de asientos: a) Las inscripciones, son asientos definitivos y positivos, que se corresponden con los actos a los que se refiere el artículo 24, y son los únicos asientos destinados a dar publicidad de su contenido y dar fe de los datos que se incluyan en los mismos.

    b) Las anotaciones preventivas, son asientos provisionales y positivos, que se cancelan una vez que el registro inscribe el asiento definitivo o tiene conocimiento de la desaparición de la causa que les da origen.

    c) Las cancelaciones, son una forma de asiento definitivo y negativo, con eficacia extintiva, su función es negar en todo o en parte una inscripción anterior.

    d) Las notas marginales, sirven para consignar algún hecho relevante relacionado con el asiento principal.

    2. Las inscripciones, las anotaciones preventivas y las cancelaciones son asientos principales; la nota marginal es un asiento accesorio de otro principal.

    3. Si el presente reglamento no previese la clase de asiento que le corresponde al documento presentado ante el registro, el encargado del mismo extenderá la correspondiente anotación ajustándose a las instrucciones elaboradas por la unidad regional del registro.

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