Artículo 3. Ámbito de aplicación.
1. La presente ley regula las cooperativas que llevan a cabo principalmente en Cataluña su actividad, cooperativizada con sus respectivos socios, sin perjuicio de la actividad con terceras personas o de la actividad instrumental o personal accesoria que puedan realizar fuera de Cataluña. 2. La presente ley es de aplicación a las federaciones y confederaciones de cooperativas que tienen su objeto social principalmente en el ámbito de Cataluña. 3. Las sociedades cooperativas, las federaciones y las confederaciones de cooperativas que regula la presente ley han de tener su domicilio social en el municipio de Cataluña donde realizan principalmente sus actividades económicas y sociales.Equivalencia Normativa
Art. 2 Ley 27/1999 LGC. Ámbito de aplicación.Siguiente: Artículo 4. Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas de Cataluña
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