BENEFICIOS FISCALES DE COOPERATIVAS DE SEGUNDO GRADO.
De acuerdo al artículo 77 Ley 27/1999 General de Cooperativas, son cooperativas de segundo grado aquellas que se constituyen por, al menos, dos cooperativas. Este tipo de sociedades cooperativas tiene por objeto la promoción, coordinación y desarrollo de fines económicos comunes de sus socios, así como el refuerzo y la integración de la actividad económica de los mismos. Conforme al artículo 35 Ley 20/1990, las cooperativas de segundo y ulterior grado que no incurran en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 Ley 20/1990, los cuales originan la pérdida de la condición de cooperativa protegida o especialmente protegida, disfrutarán de los mismos beneficios fiscales que las cooperativas protegidas, recogidos estos beneficios en el artículo 33 Ley 20/1990. Recordemos los beneficios fiscales recogidos en el citado artículo 33 Ley 20/1990:- Exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) para las operaciones de:
- Actos de constitución, ampliación de capital, fusión y escisión.
- Constitución y cancelación de préstamos.
- Adquisiciones de bienes y derechos que se integren en el Fondo de Educación y Promoción para el cumplimiento de sus fines.
- Aplicación de un tipo del 20% a la base imponible del Impuesto sobre Sociedades (IS), conforme al artículo 29 Ley 27/2014, correspondiente a los resultados cooperativos.
- Libertad de amortización para los elementos de activo fijo nuevo amortizable adquiridos durante los tres años posteriores a la inscripción de la cooperativa en el Registro de cada Comunidad Autónoma.
- Bonificación del 95% de la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), según el artículo 88 RDL 2/2004.
- Bonificación del 95% de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tal y como establece el artículo 73 RDL 2/2004, para los bienes de naturaleza rústica de las Cooperativas Agrarias y de Explotación Comunitaria de la Tierra.
- Exención en el ITPAJD para las operaciones de adquisición de bienes y derechos destinados directamente al cumplimiento de sus fines sociales y estatutarios.
- Bonificación del 50% de la cuota íntegra en el IS.
Legislación
Art. 13 Ley 20/1990 RFC. Causas de pérdida de la condición de Cooperativa fiscalmente protegida.Art. 33 Ley 20/1990 RFC. Beneficios fiscales reconocidos a las cooperativas protegidas.Art. 34 Ley 20/1990 RFC. Beneficios fiscales reconocidos a las cooperativas especialmente protegidas.Art. 35 Ley 20/1990 RFC. Cooperativas de segundo grado.Art. 77 Ley 27/1999 LGC. Cooperativas de segundo grado.Art. 29 Ley 27/2014 LIS. Tipos de gravamen.Art. 73 RDL 2/2004 LHL. Bonificaciones obligatorias.Art. 88 RDL 2/2004 LHL. Bonificaciones obligatorias y potestativas.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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