Dispos. Adicionales. Decreto 214/2015, Reglamento del Registro de Cooperativas de Castilla La Mancha

Normativa
Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento Registro Cooperativas de CLM

Disposiciones Adicionales



Disposición adicional primera. Incorporación de medios y procedimientos electrónicos y telemáticos



1. La Consejería competente en materia de trabajo impulsará la incorporación de medios informáticos y telemáticos y la implantación de procedimientos electrónicos para la gestión del registro de cooperativas, adaptando las medidas pertinentes que se deriven de los sucesivos avances tecnológicos.


Disposición adicional segunda. Convenios de colaboración.


    1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha podrá formalizar convenios con otras administraciones públicas para posibilitar, mediante el uso de las correspondientes técnicas electrónicas, informáticas o telemáticas, la intercomunicación de datos entre los diferentes Registros y bases de datos públicas que facilite el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas y la reducción de cargas administrativas a los interesados.

    2. Asimismo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha podrá formalizar convenios con otras entidades públicas y privadas que coadyuven al cumplimiento de las funciones encomendadas al Registro y permitan que éste se constituya como un instrumento activo de fomento del cooperativismo, mediante el intercambio de información, la elaboración de estadísticas y estudios y otras actuaciones encaminadas a estos fines.

Disposición adicional tercera. Protección de datos.


    1. En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de carácter personal a los que tenga acceso el registro de cooperativas de Castilla-La Mancha como consecuencia de la inscripción de determinados actos, serán objeto de tratamiento y recogidos en un fichero de datos cuyo responsable es la Dirección General competente en materia de trabajo, pudiendo dirigirse a la misma para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

    2. El registro de cooperativas de Castilla-La Mancha hará uso de los datos de carácter personal facilitados exclusivamente en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias.

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