PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN
La normativa referente a los plazos para la presentación de solicitudes de inscripción se encuentra en el artículo 16 del R.D. 136/2002. Este artículo establece el plazo de presentación en un mes desde el otorgamiento de la Escritura Pública. Si por el motivo que fuese, transcurren más de seis meses, esta solicitud deberá presentarse con ratificación en instrumento público. Por último, fuera como fuere, si transcurren doce meses desde el otorgamiento de la Escritura pública inicial y no se han cumplido las obligaciones de Registro, este podrá denegar definitivamente la inscripción de dicha cooperativa. Los plazos anteriores se extrapolan para la inscripción del resto de actos en los que sea necesario el otorgamiento de Escritura Pública, ya sea por exigencia de la Ley General de Cooperativas o del Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas. Los actos que no necesiten de Escritura Pública se deberán presentar en el Registro con un plazo máximo de un mes desde que dicho acto se produzca.Legislación
Art. 16 R.D. 136/2002 RSC. Plazos de presentación.Siguiente: Calificación de la documentación presentada en el Registro de Sociedades Cooperativas.
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