Consulta IAE. Agrupación de interés económico. Tributación.

Consulta número 801 Fecha: 1 de febrero de 1994  
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales

NORMATIVA:
LEY 39/1988: Arts. 79.1,80.1 y 86.1.
R.D. LEG. 1175/1990:


INSTRUCCIÓN:
Reglas 2ª.

TARIFAS:
Epígrafes 474.1, 476.9 y 843.5, todos de la Sección  1ª.


TEMA

Agrupación de interés económico. Tributación.


CUESTIÓN PLANTEADA


    La Entidad consultante, Agrupación de Interés Económico, desea saber si por la representación y defensa de los intereses generales de sus asociados, incluyendo la elaboración de folletos promocionales conjuntos, está  obligada a tributar por el Impuesto sobre Actividades Económicas y, en caso afirmativo, por qué rúbrica de sus Tarifas.


CONTESTACIÓN


    Las cuestiones planteadas en la presente consulta ya han sido resueltas por la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales en la contestación a la consulta núm. 747, que se da por reproducida.


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