Sanciones: No Pecuniarias.
De acuerdo con los artículos 185 y 186 de la Ley General Tributaria, las podemos clasificar en sanciones:- Pecuniarias fijas.
- Pecuniarias proporcionales.
- No pecuniarias.
- Cuando la multa pecuniaria sea de importe igual o superior a 30.000 euros y se hubiera utilizado el criterio de graduación de comisión repetida de infracciones tributarias:
- Pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a aplicar beneficios e incentivos fiscales de carácter rogado durante un plazo de un año si la infracción cometida hubiera sido grave o de dos años si hubiera sido muy grave.
- Prohibición para contratar con la Administración Pública que hubiera impuesto la sanción durante un plazo de un año si la infracción cometida hubiera sido grave o de dos años si hubiera sido muy grave.
- Cuando la multa pecuniaria sea de importe igual o superior a 60.000 euros y se hubiera utilizado el criterio de graduación de comisión repetida de infracciones tributarias:
- Pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a aplicar beneficios e incentivos fiscales de carácter rogado durante un plazo de tres, cuatro o cinco años, cuando el importe de la sanción impuesta hubiera sido igual o superior a 60.000, 150.000 ó 300.000 euros, respectivamente.
- Prohibición para contratar con la Administración pública que hubiera impuesto la sanción durante un plazo de tres, cuatro o cinco años, cuando el importe de la sanción impuesta hubiera sido igual o superior a 60.000, 150.000 ó 300.000 euros, respectivamente.
Recuerde que:
La LGT considerara profesiones oficiales las desempeñadas por registradores de la propiedad y mercantiles, notarios y todos aquellos que, ejerciendo funciones públicas, no perciban directamente haberes del Estado, comunidades autónomas, entidades locales u otras entidades de derecho público (artículo 186.3 LGT).Ejemplo
Solución
De acuerdo al artículo artículo 186.1.b), podrá sancionarse de forma accesoria a la sanción pecuniaria con:- La pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a aplicar beneficios e incentivos fiscales de carácter rogado durante un plazo de dos años.
- La prohibición para contratar con la Administración pública en el plazo de dos años.
Legislación
Art. 185 Ley 58/2003 LGT. Clases de sanciones tributarias.Art. 186 Ley 58/2003 LGT. Sanciones no pecuniarias por infracciones graves o muy graves.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Accede al resto del contenido aquí
Siguiente: Graduación de sanciones por comisión repetida
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.