PERDIDAS POR DETERIORO DEL INMOVILIZADO Y DEL FONDO DE COMERCIO.
La Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014, de 27 de noviembre), modifica sustancialmente la deducibilidad de las pérdidas por deterioro de forma que regla la casi total no deducibilidad de cualquier tipo de deterioro de elementos del activo, con exclusión de las partidas a cobrar y de las existencias. Así, el propio artículo 13.2.a) de la LIS hace mención expresa a la NO DEDUCIBILIDAD de las La pérdidas por deterioro del inmovilizado material, inversiones inmobiliarias e inmovilizado intangible, incluido el fondo de comercio.Recuerde que:
La redacción dada al artículo 39.4 del Código de Comercio por la Ley 22/2015, modificó el tratamiento contable de los inmovilizados intangibles y especialmente el del fondo de comercio. Esto motivó la adaptación del artículo 12.2 de la LIS a la nueva consideración contable de los inmovilizados intangibles como activos de vida útil definida, marcando explícitamente la posibilidad de amortización de los mismos (solo en caso que no pueda estimarse de manera fiable su vida útil), estableciendo un plazo de diez años para su amortización.- Que se transmitan dichos activos. En este caso el beneficio contable será mayor que el beneficio fiscal, lo que provocará la reversión del ajuste positivo realizado en el ejercicio que se contabilizó la correspondiente pérdida por deterioro.
- Que se produzca la amortización de los activos afectados por el deterioro, en el caso de que sean amortizables. En este caso la amortización contable será menor que el gasto fiscal por amortización, por lo que se irá revirtiendo el ajuste por deterioro inicial según se vaya amortizando el activo.
Ejemplo
Solución
A 31/12/20X2:Ejercicio | Amortización contable | Amortización fiscal | Ajuste | Casilla mod. 200 |
20X2 | 97.000 | 97.000 | --- | --- |
20X3 | 97.000 | 97.000 | +129.000 (Por el deterioro) | 0331 |
20X4 | 54.000 | 97.000 | -43.000 | 0304 |
20X5 | 54.000 | 97.000 | -43.000 | 0304 |
20X6 | 54.000 | 97.000 | -43.000 | 0304 |
Totales | 356.000 | 485.000 | 0 | --- |
Comentarios
Amortización del fondo de comercio y otro inmovilizado intangibleRegistro Contable
Asiento de deterioro del inmovilizado materialAsiento de deterioro del inmovilizado inmaterialAsiento de deterioro del Fondo de ComercioLegislación
Artículo 13 Ley 27/2014 de la LIS. Correcciones de valor.Artículo 20 Ley 27/2014 de la LIS. Efectos de la valoración contable diferente a la fiscal.DT.15ª Ley 27/2014 de la LIS. Pérdidas por deterioro de valores representativos de deuda.DT.34ª Ley 27/2014 de la LIS. Medidas temporales aplicables en el período impositivo 2015.Jurisprudencia y Doctrina
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