Artículo 43. RD 1758/2007, Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994, sobre Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Normativa
Real Decreto 1758/2007, de 28 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994, en las materias referentes a los incentivos fiscales en la imposición indirecta, la reserva para inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria.

Artículo 43. Delimitación del ámbito temporal para efectuar las inversiones.




    Se entenderán realizadas dentro del plazo previsto para realizar las  inversiones en el artículo 31.2.d) de la Ley 19/1994, de 6 de julio, las  efectuadas una vez presentada la solicitud de la entidad para su  inscripción en el Registro Oficial de Entidades de la Zona Especial Canaria y durante el plazo de dos años a contar desde el día siguiente  al de la notificación de la inscripción en dicho Registro.

NOTA: Redacción dada por Real Decreto 1022/2015, de 13 de noviembre.

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Legislación



Art. 31 Ley 19/1994 Ámbito subjetivo de aplicación.

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