Casilla 29. Modelo 200. Régimen Especial Canario.

200 CASILLA 29. MODELO 200. RÉGIMEN ESPECIAL CANARIO


    Deberá marcar esta clave aquella entidad a las que se les aplique el Régimen fiscal especial de Canarias. En particular, las entidades de la ZEC, las entidades que practiquen bonificaciones referidas en el artículo 26 y artículo 27 de la Ley 19/1994 de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, las entidades que practiquen las deducciones por inversiones en Canarias a que se refiere esta misma Ley, y las que hayan dotado la reserva para inversiones en Canarias contemplada en el artículo 27 de este texto legal y tengan derecho a la reducción de la base imponible por este concepto, o que hayan incumplido los requisitos que dieron derecho a esta reducción en períodos impositivos anteriores y deban integrar en la base la reducción indebidamente practicada.

    Esta clave se deberá marcar siempre que se cumplimente cualquiera de los apartados del Modelo 200 relativos a la Reserva por Inversiones en Canarias o a las deducciones por inversiones en Canarias previstos en la Ley 20/1991 y la Ley 19/1994.

Cas29

Jurisprudencia y Doctrina



Art. 26 Ley 19/1994 REC. Régimen especial de las empresas productoras de bienes corporales.
Art. 27 Ley 19/1994 REC. Reserva para inversiones en Canarias.

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