200 CASILLA 582. MODELO 200. CUOTA ÍNTEGRA AJUSTADA POSITIVA.
Una vez que hayamos minorado la cuota íntegra (casilla 562) en los importes correspondientes, si los hubiera, a las bonificaciones del artículo 33 y 34 de la LIS, y a las deducciones por doble imposición, tendremos la cuota íntegra ajustada positiva (CIAP), que será la magnitud sobre la que operará el coeficiente límite para determinar el montante máximo de la deducción conjunta regulada en los artículos 35 a 38 de la LIS (deducciones para incentivar determinadas actividades), aplicable en el ejercicio de referencia.Legislación
Artículo 33 Ley 27/2014. Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.Artículo 34 Ley 27/2014. Bonificación por prestación de servicios públicos locales.Artículo 35 Ley 27/2014. Deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.Artículo 36 Ley 27/2014. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.Siguiente: Casilla 592 modelo 200. Cuota líquida.
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