Disposición adicional décima Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

Normativa
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Disposición adicional décima. Facultades de comprobación de la Administración tributaria.




    Lo dispuesto en los apartados 5 del artículo 26, 7 del artículo 31, 8 del artículo 32, 6 del artículo 39 y 2 del artículo 120 de esta Ley, resultará de aplicación en los procedimientos de comprobación e investigación ya iniciados a la entrada en vigor de la misma en los que, a dicha fecha, no se hubiese formalizado propuesta de liquidación.

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Legislación



Art.26 Ley 27/2014 Compensación de bases imponibles negativas.
Art.31 ley 27/2014 Deducción para evitar la doble imposición jurídica: impuesto soportado por el contribuyente.  
Art.32 Ley 27/2014 Deducción para evitar la doble imposición económica internacional: dividendos y participaciones en beneficios.  
Art.39 Ley 27/2014 Normas comunes a las deducciones previstas en este capítulo.
Art.120 Ley 27/2014 Obligaciones contables. Facultades de la Administración tributaria.   

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