Disposición transitoria tercera Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

Normativa
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Disposición transitoria tercera. Beneficios fiscales de la reconversión y reindustrialización.




    Los contribuyentes afectados por los Reales Decretos de reconversión disfrutarán de los beneficios fiscales establecidos por la Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre reconversión y reindustrialización, en los términos que en aquéllos se prevé.

Puedes pagar menos impuestos si quieres

Te explicamos como ahorrar impuestos, es muy fácil



Equivalencia Normativa




Equivalencia Ley anterior DT 4ª RDL 4/2004.

Siguiente: Disposición transitoria cuarta Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos