Documentación específica de operaciones vinculadas para entidades cuya cifra de negocios sea superior a 45 millones: Sueldos y salarios.

Formularios

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA DE OPERACIONES VINCULADAS: SUELDOS Y SALARIOS



    De conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 16 del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, que desarrolla el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, la Sociedad / Persona Física ................................., en los términos establecidos en los referidos artículos y en la fecha finalmente indicada, redacta, formaliza y mantiene a disposición de la Administración Tributaria, a partir de la finalización del plazo voluntario de declaración del Impuesto sobre Sociedades, la documentación expuesta a continuación consecuencia de su tipificación como OPERACIÓN VINCULADA.

    Así, distinguimos los siguientes apartados para la descripción de la operación:


- ENTIDADES Y PERSONAS VINCULADAS -

    A efectos del artículo 18.3 de la LIS, se han producido en el presente ejercicio impositivo operaciones vinculadas entre las partes que pasamos a describir a continuación, cuyos datos facilitamos basándonos y cumpliendo así con la legal normativa vigente, descrita en el artículo 16.1.a) del Reglamento del I.S.:

- Titular del documento (obligado tributario):

    Denominación o nombre y apellidos:
    NIF:
    Domicilio Social y Fiscal:

- Partes vinculadas con el titular del documento:

    Las personas jurídicas/físicas vinculadas a la entidad titular del presente documento que forman parte de las operaciones que se describirán a continuación son las siguientes:

    Denominación o nombre y apellidos:
    NIF:
    Domicilio Social y Fiscal:
    Motivo de la Vinculación:

    Denominación o nombre y apellidos:
    NIF:
    Domicilio Social y Fiscal:
    Motivo de la Vinculación:

    Denominación o nombre y apellidos:
    NIF:
    Domicilio Social y Fiscal:
    Motivo de la Vinculación:

    Denominación o nombre y apellidos:
    NIF:
    Domicilio Social y Fiscal:
    Motivo de la Vinculación:


- DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA OPERACIÓN VINCULADA -

    En virtud con el artículo 16.1.b) del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, se procede a describir la naturaleza, las características y el importe de la operación vinculada que el obligado tributario debe hacer constar.

- Naturaleza:

    La operación vinculada aquí referida consiste en retribución vía sueldo o salario de ................................., vinculado a la sociedad ......................................... .

- Características:

    Las características detalladas del puesto de trabajo de la persona retribuida y, que de acuerdo a la redacción dada al artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, es considerada como una operación vinculada, son las siguientes:

    - Titular:
    - Horas semanales:
    - Jornada de Trabajo:
    - Antigüedad:
    - Categoría Profesional:
    - Funciones:
    - Responsabilidades:
    - Personal a su cargo:

(Detallar cualesquiera otras características que sean significativas para su descripción)

- Importe:
Seleccionar opción

DESPLIEGUE el MENÚ para elegir la opción que desee utilizar.




- ANÁLISIS DE COMPARABILIDAD -

    A efectos de determinar el valor normal de mercado que habrían acordado personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia al que se refiere el apartado 1 del artículo 16 de la L.I.S., hemos detallado como hemos comparado las circunstancias de la citada operación vinculada basándonos en la forma que establece el artículo 16 del Reglamento del I.S, para que en la medida de lo posible, dicho valor de mercado se corresponda con el auténtico valor de mercado de la operación en cualquier situación de libre competencia entre personas o entidades independientes.

    Aplicando el artículo 17 del Reglamento del I.S. aquí detallamos el análisis de comparabilidad de la operación vinculada a la que se refiere esta documentación:

    a) Características específicas de la retribución (sueldo o salario) que constituye la operación vinculada.

    Para determinar un salario acorde al mercado, se ha realizado un estudio minucioso del mercado de trabajo, con la intención de obtener sueldos equiparables al declarado en la presente documentación, se han tenido en cuenta las características de trabajadores que desempeñan o han desempañado funciones similares  en situaciones similares. Dichas características, al objeto de ser equiparadas, son las siguientes:

    Puesto (1)
    - Cargo:
    - Horas semanales:
    - Jornada de Trabajo:
    - Antigüedad:
    - Categoría Profesional:
    - Funciones:
    - Responsabilidades:
    - Personal a su cargo:

    Puesto (2)
    - Cargo:
    - Horas semanales:
    - Jornada de Trabajo:
    - Antigüedad:
    - Categoría Profesional:
    - Funciones:
    - Responsabilidades:
    - Personal a su cargo:

    Puesto (3)
    - Cargo:
    - Horas semanales:
    - Jornada de Trabajo:
    - Antigüedad:
    - Categoría Profesional:
    - Funciones:
    - Responsabilidades:
    - Personal a su cargo:

    b) Las funciones, riesgos y activos asumidos por las partes intervinientes en operación vinculada.

    La retribución vía salario que ha sido determinado para D ........................... viene satisfecho por la sociedad ........................................

    Se hace constar que no existen riesgos de relevancia para ambas partes, así como que no existe ninguna ponderación de los activos utilizados, no siendo necesario destacar ningún aspecto que derivado de cualquiera de estos dos casos respectivamente pudiera surgir pues la naturaleza de la operación vinculadas en este caso así no lo requiere.

    c) Términos contractuales con derivación de responsabilidades, riesgos y beneficios asumidos por cada parte contratante.

    Los términos contractuales se encuentran encuadrados en el apartado donde se han detallado específicamente la naturaleza, características e importe de la operación. En dicho apartado constan claramente las responsabilidades, riesgos y beneficios asumidos por cada parte contratante.

    A tal efecto acompañamos al presente documento el contrato de trabajo/mercantil que existe entre las partes y que constituye el objeto de la operación.

    d) Factores económicos y de mercado que puedan afectar a la retribución establecida.

    Respecto al mercado laboral, donde existe una gran tipología de categorías profesionales, actividades sectoriales, y variables que pueden entrar a formar parte en la determinación de un salario de mercado, el intervalo que poder utilizar para ser utilizado como referencia resulta extremadamente complicado, aún así, las partes vinculadas asumen que para la determinación del sueldo de la persona vinculada, se considera que existe suficiente información de cómo se ha hallado el sueldo a que hace referencia la presente documentación durante toda la información aportada en dicho documento.

    e) Otras circunstancias relevantes de la operación.

    No existen estrategias comerciales ni otras circunstancias que sean relevantes para este caso en cuestión. Se determina que existen datos suficientes en la presente documentación, así como se han adjuntado al presente documento, las fuentes necesarias que demuestran que los valores ofrecidos durante todo el transcurso de este texto son veraces y están disponibles en el mercado libre actual.


- MÉTODO DE VALORACIÓN -

Seleccionar opción

DESPLIEGUE el MENÚ para elegir la opción que desee utilizar.




- CRITERIOS DE REPARTO DE GASTOS O COSTES -
Seleccionar opción

DESPLIEGUE el MENÚ para elegir la opción que desee utilizar.




- ESTRATEGIA DE NEGOCIO -

Seleccionar opción

DESPLIEGUE el MENÚ para elegir la opción que desee utilizar.




- OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE -

    Cualquier otra información relevante de la que haya dispuesto el obligado tributario para determinar la valoración de sus operaciones vinculadas, así como los pactos parasociales suscritos con otros socios.


- RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA -

    Al presente informe y para conformar el dossier definitivo que justificará la determinación del valor de mercado de la presente operación vinculada de retribución de persona vinculada a la sociedad, acompañamos la siguiente documentación que se presenta a modo de justificante y de acuerdo a las directrices marcadas en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades:

(Sugerencias, a expresar con mayor detalle)

    - Copias de las nóminas de los empleados en la que hemos basado el salario que hemos determinado para la persona vinculada.
    - El convenio colectivo al que pertenece nuestra sociedad.
    - Convenios colectivos de otras sociedades distintos al de nuestra sociedad.
    - Bases de datos de distintas Asociaciones profesionales con retribuciones de profesionales.
    - Publicaciones de minutas profesionales de Colegios.
    - Otros.



    La presente documentación se ha realizado de conformidad y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, que desarrolla el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, al cumplir la sociedad obligado tributario las circunstancias previstas en el artículo 13.2.b. del citado Reglamento.


    En .............. a ... de ................ de ..... .





    Fdo.:.................................................. DNI.:................

    Representante de la Sociedad .......................... CIF.:................



Comentarios



- Cómo actuar ante una operación vinculada de sueldos y salarios.

Legislación



- Art. 18 Ley 27/2014 LIS. Operaciones vinculadas.
- Art. 101 Ley 27/2014 LIS. Ámbito de aplicación. Cifra de negocios.
- Art. 13 RD 634/2015 RIS. Información y documentación sobre entidades y operaciones vinculadas.
- Art. 16 RD 634/2015 RIS. Documentación específica del contribuyente.


En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...

pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.

Accede al resto del contenido aquí

Siguiente: Documentación específica de operaciones vinculadas para entidades cuya cifra de negocios sea superior a 45 millones: transmisión de acciones o partici

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos