LIBERTAD AMORTIZACION ELEMENTOS INMOVILIZADO MATERIAL NUEVOS.
La entrada en vigor de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), introdujo un supuesto de libertad de amortización, para todas la empresas, siendo este la libertad de amortización para los elementos del inmovilizado material nuevos, cuyo valor unitario no exceda de 300 euros hasta el límite de 25.000 euros referido al periodo impositivo. Esta libertad de amortización ya existía antes de la entrada en vigor de la mencionada ley, pero solo para las empresas de reducida dimensión. Si el período impositivo tuviera una duración inferior a un año, el límite señalado será el resultado de multiplicar 25.000 euros por la proporción existente entre la duración del período impositivo respecto del año. Las cantidades aplicadas a libertad de amortización, minorarán a efectos fiscales, el valor de los elementos amortizado.Ejemplo
Solución
El importe máximo en 20X0 a la que la empresa podrá aplicar la libertad de amortización, acorde con el artículo 12.3 e) es de 25.000 Euros, con independencia de la fecha de adquisición. Por tanto, dado que la cristalería se amortiza a un 50% según tablas, incluirá en esos 25.000 Euros de libertad de amortización los elementos de lencería y cubertería ya que tienen un coeficiente de amortización menor que la cristalería, dejando a esta con su amortización normal.200Instrucciones
Registro Contable
Amortización de otro inmovilizado material.Cálculo amortización por método lineal.Tratamiento del impuesto corriente y del diferido (diferencias temporarias)Comentarios
Ajustes extracontables en el IS por Amortización de bienes de escaso valor. Libertad de Amortización. Plazo reglamentario para optar por ella.Legislación
Artículo 12 Ley 27/2014 del TRLIS. Correcciones de valor: amortizaciones.Jurisprudencia y Doctrina
Resolución TEAC 09054/22. La libertad de amortización es opcional y se debe aplicar en el plazo de declaración.Siguiente: Tablas Oficiales de amortización.
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