TABLAS OFICIALES DE AMORTIZACIÓN DESDE 2015.
La modificación más importante de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, en el área de las amortizaciones ha sido el cambio de las tablas de amortización (antes agrupadas en 10 divisiones, y estas en Agrupaciones de actividad, y posteriormente en grupos, con una tabla para elementos comunes, con un total de 646 elementos amortizables) por una "mini-tabla" (con únicamente 33 elementos). En el siguiente enlace puede ver la defición y ejemplos de los Elementos de inmovilizado a efectos de la amortización deducible en el Impuesto sobre Sociedades.¿Cuándo deben aplicarse estas Tablas Oficiales?
A partir de 1 de enero de 2015, se tienen que aplicar los coeficientes establecidos en la nueva tabla de amortización para todos los elementos de inmovilizado, adquiridos antes y después de la referida fecha. Para los elementos de inmovilizado material que no se encuentren definidos como tal en este cuadro se utilizará el coeficiente establecido para Otros elementos, salvo que se pueda encuadrar por sus características en algún otro apartado (por ejemplo, un teléfono móvil se puede considerar un "Equipo para procesos de información" mientras que el ganado se amortizará como "Otros elemtos"). Tenga en cuenta que esta tabla define para cada elemento de inmovilizado un coeficiente fiscal máximo y un periodo de años máximo de amortización (lo que nos daría una amortización fiscal mínima), de tal forma que será deducible el importe amortizado resultado de aplicar un coeficiente comprendido dentro de cada rango (ambos extremos incluidos).¿Cómo se aplican?
En la disposición transitoria decimotercera de la LIS, viene recogido la forma adecuada de aplicar el nueo cuadro, que se hará de acuerdo a los siguientes criterios:- Los elementos en que los coeficientes de amortización de las nuevas y antiguas tablas coincidan, aplicarán la nueva tabla de amortización, aplicando el mismo coeficiente, y el mismo método de amortización.
- Para los elementos con coeficiente de amortización distinto al que venían aplicando hasta 31.12.2014, en el período impositivo iniciado a partir de 01.01.2015 y siguientes aplicarán la amortización resultante de dividir el valor neto fiscal del bien existente al inicio de ese período entre los años de vida útil que le reste al elemento según las nuevas tablas.
- En el caso que las entidades estuvieran aplicando un método de amortización distinto del lineal y en aplicación de la nueva tabla de amortización al elemento le correspondiera un plazo de amortización distinto, podrán optar por aplicar el método de amortización lineal en el periodo que reste para completar su nueva vida útil, sobre el valor existente al inicio del primer periodo impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2015.
- Las adquisiciones de activos nuevos realizadas entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2004 aplicarán los coeficientes de amortización lineal máximo multiplicadospor 1,1.
- Los elementos intangibles de vida útil definida se amortizan según el nuevo cuadro de amortización.
Ejemplo 1
Solución
Así tendríamos una amortización acumulada a 31.12.2014:- 2011: 10.000 * 10% = 1.000 Euros
- 2012: 10.000 * 10% = 1.000 Euros
- 2013: 10.000 * 10% = 1.000 Euros
- 2014: 10.000 * 10% = 1.000 Euros
Ejemplo 2
Solución
Así puede optar entre: (Disposición Transitoria 13ª LIS) 1ª. Seguir amortizando a porcentaje constante como venía haciendo 12% x 2,5 = 30%Ejercicio | Porcentaje | Amort. Anual | Amort. Acumulada | Amort. Pendiente |
2012 | 30% | 15.000,00 | 15.000,00 | 35.000,00 | 2013 | 30% | 10.500,00 | 25.500,00 | 24.500,00 |
2014 | 30% | 7.350,00 | 32.850,00 | 17.150,00 |
2015 | 30% | 5.145,00 | 37.995,00 | 12.005,00 |
2016 | 30% | 3.601,50 | 41.596,50 | 8.403,50 |
2017 | 30% | 2.251,05 | 44.117,55 | 6.152,45 |
2018 | 30% | 1.845,74 | 45.963,29 | 4.306,71 |
2019 | 30% | 1.292,01 | 47.255,30 | 3.014,70 |
2020 | Resto | 3.014,70 | 50.000,00 | 0,00 |
Ejercicio | Porcentaje | Amort. Anual | Amort. Acumulada | Amort. Pendiente |
2012 | 30% | 15.000 | 15.000 | 35.000 | 2013 | 30% | 10.500 | 25.500 | 24.500 |
2014 | 30% | 7.350 | 32.850 | 17.150 |
2015 | 2.450 | 35.300 | 14.700 | |
2016 | 2.450 | 37.750 | 12.250 | |
2017 | 2.450 | 40.200 | 9.800 | |
2018 | 2.450 | 42.650 | 7.350 | |
2019 | 2.450 | 45.100 | 4.900 | |
2020 | 2.450 | 47.750 | 2.450 | |
2021 | 2.450 | 50.000 | 0,00 |
Cálculos
Calculadora de amortización por el método lineal.Comentarios
Elementos de inmovilizado a efectos de la amortización deducible en el Impuesto sobre Sociedades.Métodos de amortización en el impuesto de sociedades.Base de amortización.Libertad de amortización en empresas de reducida dimensión.Amortización acelerada en empresas de reducida dimensión.Legislación
Artículo 12 Ley 27/2014 LIS. Correcciones de valor: amortizaciones.Disposición Transitoria 13ª Ley 27/2014 LIS. Aplicación tabla de amortización en elementos adquiridos antes.Jurisprudencia y Doctrina
Resolución TEAC 03342/2016. Cambios en el método de amortización.Consulta Vinculante V0755-18 DGT. Amortización de elementos empleados en más de un turno de trabajo.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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