Pérdida del beneficio fiscal de Libertad de Amortización para Sociedad Limitada Laboral que se transforma en Sociedad Limitada.
Para una empresa, la compra de un inmueble, además de resultar una fuerte inversión, debería ser un momento donde una planificación adecuada le permitiese aprovechar las posibilidades que ofrece la normativa de rebajar su factura fiscal: entre estas oportunidades encontramos la libertad de amortización. Así, en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades -LIS- (entre otras opciones) podríamos destacar la pobibilidad de aplicar libertad de amortización para:- Elementos del inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias de las Sociedades Anónimas Laborales (S.A.L.) y de las Sociedades Limitadas Laborales (S.L.L.) afectos a la realización de sus actividades, adquiridos durante los cinco primeros años a partir de la fecha de su calificación como tales (Art. 12.3.a) LIS).
- Elementos del inmovilizado material nuevos (de "escaso valor"), cuyo valor unitario no exceda de 300 euros, hasta el límite de 25.000 euros referido al período impositivo (Art. 12.3.e) LIS).
- Empresas de reducida dimensión, cuando adquieran elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, afectos a actividades económicas que incrementen su plantilla (Art. 102 LIS)
Recuerde que:
Las sociedades laborales son empresas participadas por los socios trabajadores y abiertas a la integración como socios de los demás trabajadores de la empresa.- Ley 4/1997, de 24 de marzo, de Sociedades Laborales.- En vigor hasta 13.11.2015.
- Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas.- En vigor desde 14.11.2015.
Ley 4/1997 Art. 16.4. Pérdida de la Calificación | Ley 44/2015 Art. 15.5. Pérdida de la Calificación |
4. La descalificación antes de cinco años desde su constitución o transformación conllevará para la Sociedad Laboral la pérdida de los beneficios tributarios. El correspondiente procedimiento se ajustará a lo que se disponga en la normativa a que se hace referencia en la disposición final segunda de esta Ley. | 5. La descalificación como laboral conllevará la pérdida y el reintegro de los beneficios y ayudas públicas, adquiridos como consecuencia de su condición de sociedad laboral desde el momento en el que la sociedad incurra en la causa de descalificación. |
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Ajuste extracontable por Libertad de amortización en sociedades laborales.Jurisprudencia y Doctrina
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