Medidas para finalizar la situación de falso autónomo. ¿Qué puede hacer para poner fín a su condición de falso autónomo?

MEDIDAS PARA FINALIZAR LA SITUACIÓN DE FALSO AUTÓNOMO.


    El Trabajador que considere que su situación es la de "falso autónomo" cuenta con una serie de "mecanismos" para poder regularizar su situación y PODER SER CONSIDERADO COMO UN TRABAJADOR POR CUENTA AJENA, que cumple con los principios de voluntariedad, ajenidad y dependencia.

    Esos "mecanismos" son:

Denunciar ante la Inspección


    Es posible denunciar ante la Inspección de Trabajo incluso mientras que el falso autónomo sigue prestando los servicios para la empresa. La acción de denuncia de incumplimiento de la normativa laboral es pública, por lo que cualquiera puede denunciar. Además, la identidad del denunciante queda salvaguardada por el deber de confidencialidad de los funcionarios de la ITSS. El denunciante tendrá derecho a ser informado del estado de tramitación de su denuncia, de los hechos que se hayan constatado y de las medidas adoptadas al respecto, cuando el resultado de la investigación afecte a sus derechos individuales.


Presentar Papeleta de Conciliación


    Se trata de una modalidad extrajudicial de resolución de conflictos que viene recogida en el artículo 63 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social y cuya finalidad es, en este caso, intentar que la empresa reconozca la existencia de una relación laboral con el falso autónomo.

    Además, la presentación de la papeleta de conciliación constituye el paso previo para acudir a los Juzgados de lo Social, especialmente si se hace reclamando por despido.

    Se presentará una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC o UMAC) Dde la Comunidad Autónoma con el fin de evitar el juicio, y como requisito pra, en su caso, poder realizarlo. El procedimiento consiste en reunir a las partes para intentar llegar a un acuerdo. Si no hay acuerdo (lo que se conoce como sin avenencia), será necesario presentar entonces una demanda ante los Juzgados de lo Social.


Formular demanda ante los Juzgados


    Demandar ante los Juzgados de lo Social competentes, solicitando el reconocimiento de la laboralidad de su relación, reconocida en el Artículo 1 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, del Estatuto de los Trabajadores. Esto puede hacerlo bien mientras continúa prestando sus servicios para la empresa, o bien una vez que finalice su contrato
En este supuesto deberá reclamar que ha sido despedido, y que no se trata en realidad de la finalización de su contrato mercantil con la empresa; además de reclamar la laboralidad de su relación.
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Formularios



Papeleta de Conciliación: Reclamación de relación laboral y cantidad
Modelo de escrito de denuncia ante la inspección de trabajo y seguridad social

Legislación



Artículo 1 Real Decreto Legislativo 2/2015  Ámbito de aplicación.
Artículo 2 Ley 36/2011 Ámbito del orden jurisdiccional social.
Artículo 63 Ley 36/2011 Conciliación o mediación previas.
Artículo 1 Real Decreto 928/1998 Objeto y forma de iniciación de los procedimientos.

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