Artículo 51. Tipos de infracciones.
1. Incurrirán en responsabilidad administrativa quienes sean autores o participen en cualquiera de las infracciones tipificadas en los artículos siguientes. 2. Las infracciones administrativas establecidas en la presente Ley Orgánica se clasifican en leves, graves y muy graves. Se renumera por el art. 1.44 de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-23660 Su anterior numeración era art. 47. Redactado conforme a la corrección de errores a la Ley Orgánica 8/2000, de 23 de diciembre, publicada en "BOE" núm. 47 de 23 de febrero de 2001.Legislación
Derechos y libertades Extranjeros Art. 52 L.O. 4/2000Derechos y libertades Extranjeros Art. 53 L.O. 4/2000Derechos y libertades Extranjeros Art. 54 L.O. 4/2000Siguiente: Artículo 52. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjeros en España
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