Carta de despido disciplinario por no cumplir el trabajador con las obligaciones de registro de la jornada (fichaje)

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CARTA DE DESPIDO DISCIPLINARIO POR NO CUMPLIR EL TRABAJADOR LAS OBLIGACIONES DE REGISTRO DE LA JORNADA (FICHAJE)



    Si se ve en la situación de tener que realizar un despido disciplinario, tenga en cuenta la Sentencia 1250/2024, de 18 de Noviembre, de la Sala Social del Tribunal Supremo, que establece la obligatoriedad de dar audiencia previa al trabajador, para que pueda defenderse, antes de hacer efectivo el despido disciplinario. El incumplimiento de este requisito puede suponer, como mínimo, que el despido se declare improcedente.


EMPRESA: (Indique la razón social, domicilio de la  empresa y el departamento o cargo de quien remite el documento.)


    En (....), a (....) de (....) de (....)


    Muy Sr./Sra. nuestro/a:

    Por la presente, le comunicamos la dirección de la empresa ha decidido extinguir la relación laboral que manteníamos con Ud. mediante despido disciplinario, en virtud de lo establecido en el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores (Especificar, asimismo, el artículo del Convenio Colectivo que se hubiese infringido, caso de que así haya sido).

    Las razones que motivan el despido son las siguientes:
    Señalar de forma precisa, clara y detallada los hechos que fundamentan la decisión, la fechas de realización de los mismos y todos aquellos datos que pudieran acreditarse en función del art. 54.2 del Estatuto de los Trabajadores. De no hacerse así, el despido será considerado improcedente.


    Como usted bien sabe, la legislación laboral establece la obligatoriedad de llevar a cabo un registro diario de la jornada de trabajo, tanto de la ordinaria como de la extraordinaria.

    A tal fin, y como usted ya conoce, la empresa estableció un sistema de registro de la jornada, consistente en ..................... (indique si es registro mediante firma, fichaje, control mediante plataforma o app, etc...), de cuyo funcionamiento ha sido debidamente informado, al igual que todos sus compañeros y compañeras.

    Dicho sistema de registro requiere que usted consigne diariamente, la entrada y la salida del centro de trabajo, así como las salidas y entradas que, por determinadas circunstancias, se produzcan fuera del horario establecido.

    Por tanto, usted conoce su obligación de registrar diariamente su jornada de trabajo y sabe también, porque ha sido ha sido debidamente informado de forma clara y expresa, que el incumplimiento de esta obligación puede suponer para la empresa un sanción grave por transgresión de las normas sobre el registro de jornada, conforme a la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.

    Sin embargo, y a pesar de todo ello, la Dirección de la empresa ha tenido conocimiento de que usted no cumple sus obligaciones sobre el registro de la jornada laboral, siendo dicho incumplimiento reiterado y consciente, a tenor de las múltiples advertencias que le han realizado sus compañeros y sus
supervisores.

    Tanto es así que el día..........................., su compañero D.............................. le advirtió de que............................. (indicar la medida de registro de jornada incumplida, por ejemplo, salir sin fichar o no firmar el documento de registro).

    Asimismo, el día............................., su encargado volvió a requerirle para que .............................

    Finalmente, la Dirección de la empresa le remitió, en fecha ..........., requerimiento de advertencia a este respecto, que usted ha desoído.

    Es evidente, por tanto, que usted, conoce las instrucciones y ordenes sobre registro de jornada a aplicar por los trabajadores y no solo no cumple con ellas sino que, además, desoye, consciente e intencionadamente, las advertencias de la empresa.

    Dicha conducta, amén de perjudicar a la empresa, constituye un incumplimiento de sus obligaciones laborales, entre las que está, sin duda alguna, el cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.

    El Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores se refiere al despido disciplinario y señala, en el apartado 1, que "El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador."

    Asimismo, el apartado 2 del mencionado Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores detalla las distintas causas que, por Ley, se consideran incumplimientos graves por parte del trabajador y que, por tanto, sí podrían justificar la decisión del empresario de despedirlo.

    Una de esas causas se refiere precisamente a "b) La indisciplina o desobediencia en el trabajo."

    Igualmente, a este respecto, el Convenio aplicable establece que.............................

    En definitiva, los hechos descritos constituyen un incumplimiento contractual grave y culpable de sus obligaciones para con la empresa, por lo que no nos queda más remedio que proceder a su despido disciplinario, con efectos a partir del día .........de................de............. .

    En la citada fecha tendrá a su disposición la cantidad que le corresponde en concepto de saldo y finiquito hasta ese día, quedando definitivamente extinguida la relación laboral que le une con la empresa.

    De conformidad con lo establecido en el art. 49.2 del Estatuto de los Trabajadores, se adjunta en el documento anexo la propuesta detallada de saldo y finiquito.

    En el momento de la firma del finiquito tiene Ud. derecho a ser asistido por un representante de los trabajadores, habiéndose dado traslado al comité de empresa/delegado de personal de esta decisión a los efectos oportunos.

    Finalmente, se hace constar que, en cumplimiento de lo dispuesto en el en el artículo 7 del Convenio num. 158 de la OIT, relativo a la finalización de la relación laboral a iniciativa del empresario, y en la Sentencia 1250/2024, de 18 de Noviembre, de la Sala Social del Tribunal Supremo, antes de hacer efectivo este despido, se llevó a cabo el trámite de audiencia previa, para que usted pudiera alegar lo que estimase conveniente en su defensa, en el que ....................(Indique si el trabajador formuló o no alegaciones en dicho trámite de audiencia); sin que se haya desvirtuado la gravedad de su conducta.

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Comentarios



La jornada y su registro obligatorio.
Si despide a un trabajador sin escucharlo antes sepa que el cese puede ser declarado improcedente

Legislación



Art. 49 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.
Art. 54 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.

Formularios



Comunicación al trabajador del trámite de audiencia previa en el despido disciplinario

Jurisprudencia y Doctrina



STS 1250/2024 Requisito audiencia previa obligatorio para trabajador pueda defenderse despido disciplinario.

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