CONTRATO POR TIEMPO INDEFINIDO. DURACIÓN Y PERÍODO DE PRUEBA.
Duración del contrato:
La duración del contrato indefinido, como su propio nombre indica va a ser por tiempo indefinido. Es decir, es aquel en el que no se establecen límites en cuanto a su duración. El contrato indefinido es, más si cabe con la modificación que la "reforma laboral" hace del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores con la que se presume la relación laboral como indefinida, la modalidad ordinaria de nuestro mercado de trabajo. A lo largo de nuestro ordenamiento, encontramos numerosas muestras de predilección legislativa por el contrato indefinido frente a contratos de duración determinada o temporales. Muestra de esto es la transformación en indefinidos, salvo que se demuestre que la naturaleza es temporal, cuando:- No se cumplan las causas específicas y necesarias para celebrar contratos temporales establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores y cuando no se dé dé al trabajador de alta transcurrido el periodo de prueba, en los términos establecidos por el (Art. 15.4 del E.T.).
- Se celebre un contrato en fraude de ley (Art. 15.3).
- Ausencia de forma escrita, conforme al Art. 8.2.
- Encadenación de contratos (Art. 15.5 ET).
- Por continuidad después de obra (Art. 49.1.c ET).
Período de prueba:
Podrá pactarse por escrito en el contrato, un período de prueba. Así lo establece el Art. 14 del E.T. al disponer:Podrá concertarse por escrito un período de prueba, con sujeción a los límites de duración que, en su caso, se establezcan en los convenios colectivos...
Formularios
Contrato indefinido ordinarioNotificación de la empresa al trabajador con la no superación del periodo de pruebaComentarios
El periodo de prueba en los distintos contratos de trabajo.Cotización adicional para los contratos temporales iguales o inferiores a 30 días.Cambios en la duración de los contratos de trabajo tras la reforma laboral.Legislación
Art. 3 E.T. R.D.LEGIS. 2/2015 Fuentes de la relación laboral.Art. 8 E.T. R.D.LEGIS. 2/2015 Forma del contrato.Art. 14 E.T. R.D.LEGIS. 2/2015 Periodo de prueba.Art. 15 E.T. R.D.LEGIS. 2/2015 Duración de la jornada.Art. 45 E.T. R.D.Legis 2/2015. Causas y efectos de la suspensión.Art. 46 E.T. R.D.Legis 2/2015. Excedencias. Art. 49 E.T. R.D.LEGIS. 2/2015 Extinción del contrato.Art. 151 LGSS R.D.LEGIS 8/2015. Cotización en contratos de corta duración.Jurisprudencia y Doctrina
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