BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD (nacimiento y cuidado de menor). SUBSIDIO NO CONTRIBUTIVO.
Serán beneficiarias las trabajadoras por cuenta ajena o por cuenta propia que, en caso de parto, reúnan todos los requisitos establecidos para acceder a la prestación por maternidad (nacimiento y cuidado de menor), salvo el período de cotización exigido. En el caso de trabajadoras que sean responsables del ingreso de las cotizaciones, será requisito imprescindible para el reconocimiento y abono de la prestación que se encuentren al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. Cuando se detecte que una determinada trabajadora no se encuentre al corriente de pago de sus obligaciones, se le invitará a realizar el pago para que la prestación correspondiente no le sea suspendida, cualquiera que sea el régimen de Seguridad Social al que el interesado estuviese incorporado en el momento de acceder a la prestación o en el que se cause ésta.Comentarios
Beneficiarios de prestación de maternidad contributivaDeducción por maternidad en parejas de hecho donde el padre tributa con el hijo de forma conjunta.Legislación
Art. 181 RDL 8/2015 TRLGSS. Beneficiarias en supuestos especialesArt. 182 RDL 8/2015 TRLGSS. Prestación económicaArt. 15 RD 295/2009 BeneficiariosArt. 16 RD 295/2009 Prestación economicaQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.