Formularios
Si se ve en la situación de tener que realizar un despido disciplinario, tenga en cuenta la
Sentencia 1250/2024, de 18 de Noviembre, de la Sala Social del Tribunal Supremo, que establece la
obligatoriedad de dar audiencia previa al trabajador, para que pueda defenderse, antes de hacer efectivo el despido disciplinario. El incumplimiento de este requisito puede suponer, como mínimo, que el despido se declare improcedente.
EMPRESA: (Indique la razón social, domicilio de la empresa y el departamento o cargo de quien remite el documento.)
D./Dña. (....)
Domicilio (....)
En (....), a (....) de (....) de (....)
Muy Sr./Sra. nuestro/a: Por la presente le comunicamos
que la dirección de la empresa ha tenido conocimiento de determinados hechos que pudieran aparejar la extinción de la relación laboral que mantenemos con Ud. mediante despido disciplinario, en virtud de lo establecido en el
art. 54 del Estatuto de los Trabajadores (Especificar, asimismo, el artículo del Convenio Colectivo que se hubiese infringido, caso de que así haya sido).
Las razones que justificarían el despido son las siguientes
Las alegaciones que se contienen en este formulario son una guía orientativa. Debe usted exponer, de
forma precisa, clara y detallada, los hechos que fundamentan la decisión, las
fechas de realización de los mismos y
todos aquellos datos que pudieran acreditarse en función del
art. 54.2 del Estatuto de los Trabajadores. De
NO hacerse así, el despido será considerado improcedente (Sentencia del TS de 7 de Junio de 2022).
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Seleccionar opciónPosibles causas de despido disciplinario:
Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
En relación con esta causa, la jurisprudencia ha señalado que la impuntualidad equivale tanto a llegar tarde al trabajo como a marcharse antes de lo debido, o incluso volver tarde del descanso para el desayuno, o ausentarse del mismo sin justificación y dentro de la jornada. En su caso, el registro de fichaje evidencia que, de forma habitual viene llegando tarde y fichando ..... minutos después (o saliendo .... minutos antes de la hora establecida), constituyendo esta conducta falta de puntualidad, pues dichos retrasos no están siendo compensados por usted, alargando su jornada y saliendo más tarde. Previamente a tomar esta decisión, la empresa le ha notificado como trabajador que las faltas de puntualidad y asistencia, reiteradas y sin justificación, constituyen una infracción laboral que justifica la extinción de su contrato de trabajo. El convenio de aplicación también determina, como es lógico, en su catálogo de infracciones y sanciones, que las faltas de asistencia o puntualidad reiteradas e injustificadas pueden justificar el despido.
La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
En su caso, el pasado día ............... su superior jerárquico le encargó que realizará parte de las funciones que tiene encomendadas para esta empresa, encargo que usted desatendió. Además se ha podido constatar que de forma frecuente, en los días ............. ha seguido dejando en las funciones que tiene encomendadas a pesar de las advertencias de esta mercantil, perjudicando no sólo a la compañía sino también a sus compañeros. Previamente a tomar esta decisión, la empresa le ha advertido como trabajador que la indisciplina o desobediencia reiterada y culpable, constituye una infracción laboral que justifica la extinción de su contrato de trabajo. El convenio de aplicación también determina, como es lógico, en su catálogo de infracciones y sanciones, que la indisciplina o desobediencia puede justificar el despido.
Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
La dirección ha tenido conocimiento que el día ........ usted llevó a cabo los siguientes hechos:
Explique detenidamente de qué hecho se trata, si se produjo una ofensa verbal o física, si fue ante el empresario, compañeros o familiares y en el caso de que actos del trabajador sucedieran fuera del seno de la empresa, detalle las razones de fondo de los mismos para poder probar la causalidad con la relación laboral y, en definitiva, la procedencia del despido disciplinario. Así lo han señalado nuestros tribunales, como por ejemplo en la
sentencia 494/2022.
Como usted bien sabe, las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos, constituyen una infracción laboral que justifica la extinción de su contrato de trabajo.
El convenio de aplicación también determina, como es lógico, en su catálogo de infracciones y sanciones, que estas ofensas pueden justificar el despido.
La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
La dirección de la empresa ha tenido conocimiento de que el día ........ usted llevó a cabo los siguientes hechos:
Previamente a tomar esta decisión, la empresa le ha notificado como trabajador que la transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza, constituye una infracción laboral que justifica la extinción de su contrato de trabajo.
El convenio de aplicación también determina, como es lógico, en su catálogo de infracciones y sanciones, que esta transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza puede justificar el despido.
La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
En su caso, desde el día ............... se le advirtió que estaba llevando a cabo una disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado, lo que se considera un incumplimiento contractual del trabajador merecedor del despido. Se ha podido constatar que de forma frecuente, durante los días ............. , ha continuando disminuyendo drásticamente su rendimiento, sin aportar ningún tipo de justificación, y a pesar de las advertencias de esta mercantil, perjudicando no sólo a la compañía, sino también a sus compañeros. Previamente a tomar esta decisión, la empresa le ha notificado como trabajador que la disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado reiterada y culpable, constituye una infracción laboral que justifica la extinción de su contrato de trabajo. El convenio de aplicación también determina, como es lógico, en su catálogo de infracciones y sanciones, que la disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado puede justificar el despido.
La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
La dirección de la empresa ha tenido conocimiento, desde el día ..............., de unos actos con suficiente entidad como para constituir un incumplimiento contractual merecedor del despido
Señale si se trata de un problema de embriaguez o toxicomanía, la extensión en el tiempo en la que se ha mantenido la situación que permita justificar la habitualidad de la misma, amén de justificar cómo está repercutiendo negativamente al trabajo (realización deficiente de tareas, problemas con la plantilla, quejas concretas de los clientes, etc).
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Previamente a tomar esta decisión, la empresa ya le había advertido como trabajador que no consentía el consumo de alcohol ni sustancias en el trabajo; y que la embriaguez habitual o toxicomanía, particularmente con el grado de afectación al trabajo que ha sido detallada, constituye una infracción laboral que justifica la extinción de su contrato de trabajo.
El convenio de aplicación también determina, como es lógico, en su catálogo de infracciones y sanciones, que la embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo puede justificar el despido.
El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
En el presente caso, desde el día ..............., la empresa ha tenido conocimiento de que está llevando a cabo unas actuaciones que tienen la suficiente entidad como para constituir un incumplimiento contractual merecedor del despido
Señale qué tipo de acoso se está produciendo, detallando detenidamente el comportamiento del trabajador y hacia qué personas van dirigidas sus actuaciones.
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Previamente a tomar esta decisión, la empresa le ha notificado como trabajador que el acoso, en los términos descritos por el
artículo 54.2.g, del Estatuto de los Trabajadores constituye una infracción laboral que justifica la extinción de su contrato de trabajo.
El convenio de aplicación también determina, como es lógico, en su catálogo de infracciones y sanciones, que el acoso por las razones anteriormente expuestas puede justificar el despido.
Otros motivos o causas de despido.
En el presente caso, desde el día ..............., la empresa ha tenido conocimiento de que está llevando a cabo unas actuaciones que tienen la suficiente entidad como para constituir un incumplimiento contractual merecedor del despido
Señale qué conducta está realizando el trabajador y justifique si, conforme al Estatuto de los Trabajadores y al Convenio Colectivo aplicable, constituye una causa de despido.
Debe señalar de forma precisa, clara y detallada los hechos que fundamentan la decisión, la fechas de realización de los mismos y todos aquellos datos que pudieran acreditarse en función del
art. 54.2 del Estatuto de los Trabajadores. De no hacerse así, el despido será considerado improcedente.
Tenga en cuenta que la Sentencia del TS de 7 de Junio de 2022 establece que sí exige que la comunicación escrita proporcione al trabajador un conocimiento claro, suficiente e inequívoco de los hechos que se le imputan para que, comprendiendo sin dudas racionales el alcance de aquéllos, pueda impugnar la decisión empresarial y preparar los medios de prueba que juzgue convenientes para su defensa.
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En concreto, los hechos que se le achacan son los siguientes:
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Previamente a tomar esta decisión, la empresa le ha comunicado que su comportamiento podría constituir una infracción laboral que justificaría la extinción de su contrato de trabajo.
El convenio de aplicación también determina, como es lógico, en su catálogo de infracciones y sanciones, que su conducta puede justificar el despido.
DESPLIEGUE el MENÚ para elegir la opción que desee utilizar.
Los hechos descritos constituyen un incumplimiento contractual grave y culpable de sus obligaciones para con la empresa, por lo que no nos quedaría más remedio que proceder a su despido disciplinario, con efectos a partir del día .........de................de.............
No obstante, con la finalidad de esclarecer los hechos descritos y determinar su posible participación en los mismos; y en cumplimiento de lo dispuesto en el en el artículo 7 del
Convenio num. 158 de la OIT, relativo a la finalización de la relación laboral a iniciativa del empresario, y en la
Sentencia 1250/2024, de 18 de Noviembre, de la Sala Social del Tribunal Supremo, antes de hacer efectivo este despido, se procede a cumplir con el trámite de audiencia previa y, en consecuencia, se le concede un plazo de ..... (días), a contar desde la recepción de la presente, para que usted pueda formular por escrito las alegaciones oportunas en su defensa y aportar las pruebas que a su derecho convengan.
Una vez finalizado dicho plazo, y de acreditarse tanto los hechos descritos como su participación en los mismos, la Dirección de la empresa podría proceder al despido disciplinario en virtud de lo establecido en el
art. 54 del Estatuto de los Trabajadores (Especificar, asimismo, el artículo del Convenio Colectivo que se hubiese infringido, caso de que así haya sido), tal y como se le ha indicado.
Seleccionar opciónElija en función de las circunstancias del trabajador: (Si no se da ninguna de las situaciones no seleccione ninguna de las posibilidades)
DESPLIEGUE el MENÚ para elegir la opción que desee utilizar.
Seleccionar opciónElija en función de las circunstancias del trabajador:
Si el trabajador firma la comunicación de audiencia:
Rogándole acuse recibo de ambos documentos, le saluda atentamente. Recibí el (....) de (....) de (....) EL TRABAJADOR POR LA EMPRESA (....) (....) Fdo.: Nombre y apellidos Fdo.: Nombre y apellidos Sello de la empresa
Si el trabajador NO firma la comunicación de audiencia:
Por la presente y, ante la negativa del receptor a firmar la entrega de la comunicación de audiencia previa al despido disciplinario, acreditan la realidad de la entrega los siguientes testigos: Fdo.: Nombre y apellidos Fdo.: Nombre y apellidos POR LA EMPRESA (....) Fdo.: Nombre y apellidos Sello de la empresa
DESPLIEGUE el MENÚ para elegir la opción que desee utilizar.
Legislación
Art. 49 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.
Art. 54 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.
Art. 55 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.
Comentarios
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